{"id":633,"date":"2019-03-09T12:54:00","date_gmt":"2019-03-09T11:54:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.acmu.net\/?page_id=633"},"modified":"2022-10-11T01:18:00","modified_gmt":"2022-10-10T23:18:00","slug":"estatutos","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.acmu.net\/?page_id=633","title":{"rendered":"Estatutos"},"content":{"rendered":"\n<p>ESTATUTOS ASOCIACI\u00d3N CASTELLANO-MANCHEGA DE UROLOG\u00cdA<\/p>\n\n\n\n<p>CAP\u00cdTULO\nI. DISPOSICIONES GENERALES.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 1. Denominaci\u00f3n,\nnaturaleza y r\u00e9gimen jur\u00eddico.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Con la denominaci\u00f3n de Asociaci\u00f3n\nCastellano-Manchega de Urolog\u00eda se constituye esta entidad, sin animo de lucro,\nque se rige por las disposiciones legales vigentes y en particular, por la Ley\nOrg\u00e1nica 1\/2002, de 22 de marzo, por lo establecido en los presentes Estatutos\ny por los acuerdos v\u00e1lidamente adoptados por la Asamblea General y los \u00f3rganos\nde gobierno, dentro de su competencia.<\/p>\n\n\n\n<p>2. La Asociaci\u00f3n tiene personalidad jur\u00eddica y\ncapacidad de obrar, pudiendo adquirir, poseer, gravar, enajenar bienes,\ncelebrar contratos y comparecer ante toda clase de organismos, p\u00fablicos y\nprivados, entidades, \u00f3rganos jurisdiccionales, instituciones y personas f\u00edsicas\no jur\u00eddicas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 2. Fines.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Ser\u00e1n fines y funciones de la Asociaci\u00f3n\nCastellano-Manchega de Urolog\u00eda los siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Fomentar y promover el estudio e investigaci\u00f3n\nde las afecciones m\u00e9dico-quir\u00fargicas del aparato urinario de ambos sexos y del\naparato genital masculino, suprarrenales, etc. y de todas las alteraciones\nderivadas de la patolog\u00eda de estos.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Desarrollar y difundir los conocimientos de la\nUrolog\u00eda como especialidad, entendida \u00e9sta en su aspecto amplio, e impulsar el\nintercambio de los conocimientos, estudios e ideas entre las distintas\ndisciplinas implicadas, mediante la convocatoria y la celebraci\u00f3n de Congresos,\nSeminarios, Jornadas y Premios que estime oportunos, e impulsar la publicaci\u00f3n\nde las actividades y trabajos de inter\u00e9s para la Especialidad.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Contribuir a la formaci\u00f3n postgrado de los\nm\u00e9dicos internos residentes de urolog\u00eda que realizan la especialidad en los\nhospitales de Castilla-La mancha.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Estudiar las situaciones que interfieran,\nalteren o menoscaben el ejercicio profesional de los ur\u00f3logos asociados, por la\nimplantaci\u00f3n de leyes, RD o circulares de \u00e1mbito nacional o auton\u00f3mico, a\ntrav\u00e9s de la Vocal\u00eda de Asuntos Laborales de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>ed) Defender la dignidad de la Especialidad de\nUrolog\u00eda y la actividad profesional de sus miembros.<\/p>\n\n\n\n<p>f) Impulsar las relaciones institucionales con\notras Asociaciones de Urolog\u00eda, nacionales y auton\u00f3micas, inst\u00e1ndolas a\nimplicarse en programas de defensa de la actividad profesional de los\nasociados.<\/p>\n\n\n\n<p>g) Favorecer las relaciones culturales y\nprofesionales entre los asociados.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 3. Domicilio y \u00e1mbito territorial.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. La Asociaci\u00f3n Castellano-Manchega de Urolog\u00eda\ntiene su domicilio en el que lo sea el de su Presidente, sin perjuicio de las\ndelegaciones que, a propuesta de la Junta Directiva, acuerde la Asamblea, en\nfunci\u00f3n de las circunstancias o conveniencias.<\/p>\n\n\n\n<p>2. El \u00e1mbito territorial de actuaci\u00f3n de la\nAsociaci\u00f3n comprende el territorio delimitado por las provincias que integran\nla Comunidad Aut\u00f3noma de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de federarse con\notras Asociaciones, Comit\u00e9s o Grupos de trabajo, cuyos fines y objetivos sean\nafines con los regulados en los presentes estatutos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 4. Duraci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Asociaci\u00f3n Castellano-Manchega de Urolog\u00eda se\nconstituye con una duraci\u00f3n indefinida, salvo acuerdo de disoluci\u00f3n regulado en\nlos presentes estatutos.<\/p>\n\n\n\n<p>CAPITULO\nII. DERECHOS Y DEBERES DE LOS SOCIOS&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 5. Socios.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Tienen la condici\u00f3n de socio de la Asociaci\u00f3n Castellano-Manchega\nde Urolog\u00eda los m\u00e9dicos especialistas en Urolog\u00eda, los m\u00e9dicos residentes en\nUrolog\u00eda, los Licenciados en Medicina y cualquier otro titulado universitario\naf\u00edn a la especialidad, que lo solicite por escrito dirigido al Presidente.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Corresponde a la Junta Directiva resolver\nsobre la admisi\u00f3n o inadmisi\u00f3n de la condici\u00f3n de socio, que ratificar\u00e1 la\nAsamblea General, contra cuya decisi\u00f3n no cabe recurso.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 6. Clases de socios.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Los socios de la Asociaci\u00f3n\nCastellano-Manchega de Urolog\u00eda podr\u00e1n pertenecer a las siguientes categor\u00edas:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Socios de n\u00famero.- Son aquellos Licenciados o\nDoctores en Medicina, titulares o m\u00e9dicos internos residentes de la\nespecialidad de Urolog\u00eda y titulados universitarios afines a la especialidad,\nque soliciten por escrito su voluntad de pertenecer a la Asociaci\u00f3n, con los\nrequisitos que establece el art\u00edculo 5.1. de los presentes Estatutos.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Socios honorarios.- Adquieren esta condici\u00f3n\nquienes se hayan distinguido durante su vida profesional por los destacados\nservicios y sus contribuciones al desarrollo de la Urolog\u00eda. Su nombramiento\ncorresponde a la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Corresponsales.- Son los especialistas o residentes\nen urolog\u00eda que residen habitualmente fuera del \u00e1mbito territorial de actuaci\u00f3n\nde la Asociaci\u00f3n y solicitan por escrito adquirir la condici\u00f3n de socio que\ndeber\u00e1 acordar la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Jubilados.<\/p>\n\n\n\n<p>2. La Asociaci\u00f3n llevar\u00e1, en orden y al d\u00eda un\nfichero y un registro con todos los datos personales y profesionales de sus\nsocios, a los efectos exclusivos de su identificaci\u00f3n y notificaciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 7. Derechos de los socios.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Los socios tienen los siguientes derechos:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Asistir a las Asambleas Generales y participar\ncon derecho a voz y a voto.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Ser electores y elegibles para desempa\u00f1ar\ncargos directivos. Podr\u00e1n ser electores todos los socios, pudiendo ser elegidos\nquienes acrediten ser miembros de la asociaci\u00f3n. Para ejercer el derecho de\nsufragio activo y pasivo se requiere estar al corriente en el pago de las\ncuotas. <\/p>\n\n\n\n<p>c) Ser informados de las actividades y acciones\nque promueva la asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Recabar el apoyo de la Asociaci\u00f3n en defensa\ndel prestigio de la especialidad.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Proponer iniciativas y sugerencias, presentar\nconsultas y solicitar por escrito, con antelaci\u00f3n suficiente a la celebraci\u00f3n\nde la Asamblea General, o verbalmente en el curso de la misma, las aclaraciones\nque estime necesario sobre los asuntos sometidos a votaci\u00f3n seg\u00fan el orden del\nd\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>f) Participar regularmente en los actos y en las\nconvocatorias instituciones de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>g) Optar a los premios a las mejores,\npresentaciones, videos y comunicaciones en jornadas, reuniones, congresos,\nbecas y ayudas para la investigaci\u00f3n, cuando se cumplan los requisitos de las\nconvocatorias de estos. <\/p>\n\n\n\n<p>h) Poseer un ejemplar de los Estatutos y sus\nmodificaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Los socios Honorarios y jubilados est\u00e1n\nexentos de abonar las cuotas ordinarias y extraordinarias que apruebe la\nAsamblea General y tienen derecho a la gratuidad de las inscripciones a\nReuniones y Congresos.<\/p>\n\n\n\n<p>3 Los m\u00e9dicos residentes socios, tienen derecho a\nreducci\u00f3n de los cuotas o a la gratuidad en las inscripciones a Reuniones y\nCongresos en funci\u00f3n de la disponibilidad de medios de los organizadores.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 8. Deberes.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los socios de la Asociaci\u00f3n Castellano-Manchega\nde Urolog\u00eda tienen los siguientes deberes:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Cumplir con lo dispuesto en los presentes\nEstatutos y los acuerdos v\u00e1lidamente adoptados por la Asamblea General y lo\n\u00f3rganos directivos de la Asociaci\u00f3n, dentro de sus respectivas competencias.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Colaborar en orden al cumplimiento de los\nfines de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Hacer efectivo el pago de las cuotas\nordinarias y extraordinarias.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Comunicar la variaci\u00f3n de los datos personales\ny, en su caso, la baja voluntaria en la asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Desempe\u00f1ar fielmente el cargo para el que haya\nsido elegido.<\/p>\n\n\n\n<p>f) Cualquier otra que acuerde la Asamblea\nGeneral.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 9. P\u00e9rdida de la condici\u00f3n de socio.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La condici\u00f3n de miembro de la Asociaci\u00f3n\nCastellano-Manchega de urolog\u00eda se pierde por alguna de las siguientes causas:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Por dimisi\u00f3n o baja voluntaria, manifestada\npor escrito dirigido al Presidente.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Por el incumplimiento de los deberes regulados\nen el art\u00edculo 8 de los presentes Estatutos y las obligaciones acordadas por la\nAsamblea General, o de las inherentes al ejercicio del cargo en los \u00d3rganos de\nGobierno de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Por acuerdo de expulsi\u00f3n de la Junta\nDirectiva, a causa de una conducta grave en perjuicio de la Asociaci\u00f3n. Contra\nel acuerdo de expulsi\u00f3n se podr\u00e1 recurrir ante la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Por la falta de pago injustificada de dos\ncuotas ordinarias consecutivas.<\/p>\n\n\n\n<p>CAPITULO\nIII. ORGANOS DE GOBIERNO.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 10. \u00d3rganos de la Asociaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. La Asociaci\u00f3n Castellano-Manchega de Urolog\u00eda\nse estructura org\u00e1nicamente en los siguientes \u00f3rganos colegiados de gobierno,\ndirecci\u00f3n y gesti\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>a) La Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p>b) La Junta directiva.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Las Comisiones de Trabajo.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><strong>Secci\u00f3n\n     Primera. La Asamblea General de socios.<\/strong><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 11. Asamblea General de Socios.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Asamblea General de socios es el \u00f3rgano\nsupremo de gobierno y representaci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n Castellano-Manchega de\nUrolog\u00eda y est\u00e1 integrada por todos sus asociados. La Asamblea General podr\u00e1\nadoptar acuerdos en sesi\u00f3n ordinaria o extraordinaria.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 12. Funciones.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Corresponde a la Asamblea General de socios en\nsesi\u00f3n ordinaria ejercer las siguientes competencias:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Elegir a los miembros que forman la Junta\nDirectiva.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Aprobar el Informe y la Memoria anual de la\nJunta Directiva del a\u00f1o precedente y el proyecto de iniciativas de pr\u00f3ximo.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Aprobar a propuesta de la Junta directiva, el\npresupuesto ordinario de ingresos y gastos.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Con iguales formalidades del apartado\nprecedente, aprobar\u00e1 las liquidaciones del ejercicio precedente.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Aprobar los Presupuestos extraordinarios y\nCuentas especiales, necesarios para la realizaci\u00f3n de las obras y los servicios\nno incluidos en los Presupuestos ordinarios, as\u00ed como sus respectivas\nliquidaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>f) Conocer y resolver las reclamaciones y\nrecursos presentados contra decisiones y resoluciones de la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p>2. La Asamblea General de socios ser\u00e1 convocada\nen sesi\u00f3n extraordinaria en los siguientes casos:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Por la modificaci\u00f3n de los Estatutos<\/p>\n\n\n\n<p>b) Por el acuerdo de disoluci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>c) Para la adopci\u00f3n de acuerdos sobre\nfederaci\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 13. Convocatorias.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. La Asamblea General ordinaria ser\u00e1 convocada\nel menos una vez al a\u00f1o por la Junta Directiva, con la indicaci\u00f3n de la fecha,\nhora y lugar de su celebraci\u00f3n, con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de quince d\u00edas.\nTambi\u00e9n a petici\u00f3n mediante presentaci\u00f3n de firmas con su DNI correspondiente,\nde al menos la mitad mas uno de los asociados. En la convocatoria se indicar\u00e1\nla hora de la primera y segunda convocatoria, celebr\u00e1ndose en segunda media\nhora despu\u00e9s.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Para celebrar v\u00e1lidamente sus sesiones, en\nprimera convocatoria, la Asamblea General deber\u00e1 estar constituida por la mitad\nm\u00e1s uno de los socios. De no conseguirse esta mayor\u00eda, media hora m\u00e1s tarde,\npodr\u00e1 constituirse v\u00e1lidamente en segunda convocatoria cualquiera que sea el\nn\u00famero de socios presentes o representados.<\/p>\n\n\n\n<p>3. La Asamblea General adopta sus acuerdos por\nmayor\u00eda simple de votos, presentes o representados.<\/p>\n\n\n\n<p>4. De cada sesi\u00f3n se levantar\u00e1 acta que contendr\u00e1\nla indicaci\u00f3n de las personas asistentes o representadas, de sus intervenciones\ny de las circunstancias de lugar y tiempo en que se haya celebrado, los puntos\nprincipales de las deliberaciones, la forma y el resultado de la votaci\u00f3n y el\ncontenido de los acuerdos. Las actas ser\u00e1n redactadas y firmadas por el\nSecretario de la Junta Directiva, con el Visto Bueno del Presidente, y se\naprobar\u00e1n en la misma o en la siguiente sesi\u00f3n, acompa\u00f1\u00e1ndose, en este caso del\ntexto correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><strong>Secci\u00f3n\n     segunda. La Junta Directiva.<\/strong><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 14.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Organizaci\u00f3n y competencias.<\/p>\n\n\n\n<p>La junta Directiva de la Asociaci\u00f3n\nCastellano-Manchega de Urolog\u00eda es el \u00f3rgano permanente de gesti\u00f3n, administraci\u00f3n\ny propuesta, y se compone de ocho miembros: el Presidente, el Vicepresidente,\nSecretario, Tesorero, Vocal de Actividades Cient\u00edficas, Vocal de Actividades\nLaborales, Vocal de Comunicaci\u00f3n o Vocal de la P\u00e1gina Web y Vocal de M\u00e9dicos Residentes\no en formaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Son competencias de la Junta Directiva las\nsiguientes:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Elaborar anualmente y elevar a la Asamblea\nGeneral de socios para su aprobaci\u00f3n, los Programas de actividades,\nPresupuestos, Cuentas generales y la Memoria de la asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Representar a la Asamblea de la Asociaci\u00f3n\nante las Administraciones, Entidades, Corporaciones e instituciones p\u00fablicas y\nprivadas.<\/p>\n\n\n\n<p>c) El seguimiento y control de los objetivos,\nplanes y programas de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Ejercer aquellas atribuciones que la Asamblea\nGeneral de socios le encomiende o delegue.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 15. Convocatoria y Elecciones.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>a) La Junta Directiva se reunir\u00e1 cuando lo\ndetermine su Presidente, a petici\u00f3n de la mitad mas uno de sus miembros y en\ngeneral, una vez al semestre y celebrar\u00e1 v\u00e1lidamente sus sesiones cuando\nasistan al menos, la mitad m\u00e1s uno de sus componentes.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Los cargos de la Junta Directiva ser\u00e1n\nelegidos en la Asamblea General Ordinaria. Tendr\u00e1n una duraci\u00f3n de cuatro a\u00f1os\ny ser\u00e1n desempe\u00f1ados sin retribuci\u00f3n econ\u00f3mica. Para la elecci\u00f3n de los\ndiferentes cargos de la Junta directiva ser\u00e1n validos adem\u00e1s de los votos\nemitidos en la Asamblea General, los enviados por correo certificado, en\nformato oficial, a la Sede de la Asociaci\u00f3n, en el plazo de 15 d\u00edas antes de\nlas Elecciones.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Las renovaciones de los cargos de la Junta\nDirectiva se har\u00e1n cada cuatro a\u00f1os de manera independiente para cada cargo. Si\nno existiera candidato para alguno de los cargos que no sea el de Presidente,\nser\u00e1 este el encargado de proponer a la Asamblea el\/los cargos que formar\u00e1n la\nJunta Directiva. En caso de cese de alguno de los miembros de la Junta\nDirectiva corresponder\u00e1 el cargo, al siguiente de la lista de candidatos\npresentados en las Elecciones y si no lo hubiere ser\u00e1 el Presidente el encargado\nde proponer un suplente a la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p>d) El plazo de presentaci\u00f3n de candidaturas a los\ncargos de la Junta Directiva ser\u00e1 de un mes, antes de la fecha de celebraci\u00f3n\nde la Asamblea General anual de la Asociaci\u00f3n. Si no hubiera candidato para Presidente,\nser\u00e1 elegido en la Asamblea General mediante votaci\u00f3n individual nominal y\nsecreta. La elecci\u00f3n recaer\u00e1 en el asociado que re\u00fana la mayor\u00eda simple de\nvotos.<\/p>\n\n\n\n<p>e) La reelecci\u00f3n para el mismo cargo de la Junta\nDirectiva solo ser\u00e1 posible, como m\u00e1ximo, una segunda legislatura (ocho a\u00f1os).\nNo habr\u00e1 limitaci\u00f3n a desempe\u00f1ar diferentes cargos en diferentes legislaturas.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><strong>Secci\u00f3n\n     Tercera. Comisiones de Trabajo.<\/strong><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 16. Naturaleza<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Para una mayor eficacia de las actividades de\nla Asociaci\u00f3n Castellano-Manchega de Urolog\u00eda, la Asamblea General, a propuesta\nde la Junta Directiva, podr\u00e1 crear Comisiones de Trabajo integradas por\nmiembros de la Asociaci\u00f3n, con las funciones y competencias que expresamente\ndetermine la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Las Comisiones de Trabajo tienen car\u00e1cter\nmeramente consultivo e informar\u00e1n sobre los temas de su competencia, mediante\ndictamen o propuesta que se elevar\u00e1 a la Junta Directiva. Estar\u00e1n formadas por\nun n\u00famero de socios no inferior a tres, uno de los cuales ser\u00e1 su Presidente.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><strong>Secci\u00f3n\n     Cuarta. \u00d3rganos unipersonales de la Asociaci\u00f3n Castellano-Manchega de\n     Urolog\u00eda.<\/strong><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 17.&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Son \u00f3rganos unipersonales de la Asociaci\u00f3n, el\npresidente, el Vicepresidente, el Tesorero, el Secretario general y los Vocales\nde Actividades Cient\u00edficas, de Actividades Laborales, Comunicaci\u00f3n o P\u00e1gina Web\ny de M\u00e9dicos Residentes.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 18. El Presidente<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Corresponde al Presidente de la Asociaci\u00f3n\nCastellano-Manchega de Urolog\u00eda ostentar la superior representaci\u00f3n oficial de\nla misma.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Con independencia de las atribuciones que\nexpresamente le delegue la Asamblea General de Socios y la Junta Directiva, son\nfunciones del Presidente:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Convocar las sesiones de la Asamblea General\nde socios y de la Junta Directiva, teniendo en cuenta las peticiones de los\nmiembros de los \u00f3rganos respectivos.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Fijar el orden del d\u00eda y moderar el desarrollo\nde los debates.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Visar las actas y las certificaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Delegar el ejercicio de sus funciones en el\nVicepresidente, cuando lo estime oportuno.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Ejercer cuantas otras funciones sean\nintr\u00ednsecas a su condici\u00f3n de Presidente de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>2. En los casos de ausencia, vacante o enfermedad\ny de conformidad con lo establecido en la letra d) del n\u00famero anterior, el\nPresidente ser\u00e1 sustituido por el Vicepresidente, haciendo suyas todas las\nprerrogativas del Presidente y las que \u00e9ste le delegue, represent\u00e1ndole cuando\nas\u00ed lo dispusiere.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 19. El Tesorero.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Corresponde al Tesorero de la Asociaci\u00f3n\nejercer las funciones que le asigne expresamente la Asamblea General de socios\ny la Junta Directiva y en particular:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Conservar y custodiar los fondos de la\nAsociaci\u00f3n en cuentas y dep\u00f3sitos, cuya disposici\u00f3n requiere la firma del Presidente,\nel vicepresidente o Vocales de la junta directiva.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Custodia de otros bienes, valores y efectos de\nla asociaci\u00f3n, llevando el orden y al d\u00eda los libros de cuentas y presentar\u00e1\nanualmente el Presupuesto Ordinario para su aprobaci\u00f3n en Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Presentar con el Presidente las declaraciones\ntributarias peri\u00f3dicas de la Asociaci\u00f3n ante la Hacienda P\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 20. El Secretario General.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Corresponde a la Secretar\u00eda General de la\nAsociaci\u00f3n ejercer las funciones que le asigne expresamente la Asamblea General\nde socios y la Junta Directiva y en particular:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Actuar como tal en las sesiones de la Asamblea\nGeneral y la Junta Directiva, redactar sus actas y gestionar el cumplimiento de\nlos acuerdos.<\/p>\n\n\n\n<p>b) De acuerdo con el Presidente, fijar\u00e1 el orden\ndel d\u00eda de las convocatorias de la Asamblea General y de la Junta directiva, y\ncursar\u00e1 las convocatorias de las sesiones.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Ejecutar\u00e1 los acuerdos de la Asamblea General\nde socios, de la Junta Directiva y de las comisiones de Trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Ejercer\u00e1 la direcci\u00f3n de personal, los\nservicios y las actividades de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Ejercer\u00e1 la titularidad de los servicios de la\nAsociaci\u00f3n relativa a la correspondencia y su registro, librar\u00e1 certificaciones\ncon el visto bueno del presidente, custodiar\u00e1 el archivo y el sello de la\nAsociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>f) Despachar\u00e1, tramitar\u00e1 y resolver\u00e1 toda la\ncorrespondencia de car\u00e1cter general de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>g) Colaborar con el Presidente para la\nactualizaci\u00f3n de los datos de la Asociaci\u00f3n en el Registro de Asociaciones,\nante&nbsp; cambios de composici\u00f3n de la junta\ndirectiva, renovaci\u00f3n de estatutos, etc.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 21. Vocal de Actividades Cient\u00edficas.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Corresponde al Vocal de Actividades\nCient\u00edficas de la Asociaci\u00f3n ejercer las funciones que le asigne expresamente la\nAsamblea General de socios y la Junta Directiva y en particular:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Elaborar el Organigrama anual de Actividades\nCient\u00edficas de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Asesorar en materia cient\u00edfica al Comit\u00e9\nOrganizador de la Reuni\u00f3n Anual y prestar su entera colaboraci\u00f3n, respetando la\nindependencia organizativa de este.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Colaborar con el Vocal de Comunicaci\u00f3n, en\ncuanto a publicaciones cient\u00edficas se refiera.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Elaboraci\u00f3n, difusi\u00f3n y evaluaci\u00f3n de\nconvocatorias de becas para investigaci\u00f3n, propuestas por la junta directiva<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 22. Vocal de Actividades Laborales.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Corresponde al Vocal de Actividades Laborales\nde la Asociaci\u00f3n ejercer las funciones que le asigne expresamente la Asamblea\nGeneral de socios y la Junta Directiva y en particular:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Elaborar el plan estrat\u00e9gico laboral anual de\nla Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Estudiar las demandas recibidas en el Buz\u00f3n de\ndemandas, que se habilitar\u00e1 en la p\u00e1gina Web de la Asociaci\u00f3n, y asesorar a los\ndemandantes.<br>\n<br>\nc) Colaborar con el Vocal de Comunicaci\u00f3n, en cuanto a difusi\u00f3n de noticias\nlaborales.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Colaborar y demandar asesoramiento de la\nOficina de Actividades Laborales de la AEU.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 23. Vocal de Comunicaci\u00f3n de la\nAsociaci\u00f3n.&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Corresponde al Vocal del de Comunicaci\u00f3n de la\nAsociaci\u00f3n ejercer las funciones que le asigne expresamente la Asamblea General\nde socios y la Junta Directiva y en particular:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Mantener actualizada la pagina Web de la\nasociaci\u00f3n, recurriendo si es necesario a contrataci\u00f3n de empresas del sector.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Gestionar los contenidos por la Asociaci\u00f3n en\nlas redes sociales.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Colaborar con el Vocal de Actividades\ncient\u00edficas, en la recogida de Comunicaciones y Res\u00famenesAbstrac de la Reuni\u00f3n\nAnual, para su posterior publicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Colaborar con el Vocal de actividades\nlaborales, en la comunicaci\u00f3n de objetivos y logros laborales.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;<strong>Art\u00edculo 24. Vocal de M\u00e9dicos Internos Residentes.&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Corresponde al Vocal del de M\u00e9dicos Internos\nResidentes de la Asociaci\u00f3n ejercer las funciones que le asigne expresamente la\nAsamblea General de socios y la Junta Directiva y en particular:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Proponer temas de inter\u00e9s de a especialidad\npara tratar en la reuni\u00f3n de residentes o en la reuni\u00f3n anual de la asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Fomentar&nbsp;\nla comunicaci\u00f3n entre los residentes de los hospitales de la comunidad\npara tratar aspectos laborales relacionados con el desarrollo de la residencia\ncon la ayuda del Vocal de Actividades Laborales.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Colaborar con el Vocal de Actividades cient\u00edficas,\nen la organizaci\u00f3n de las actividades formativas, especialmente con la reuni\u00f3n de\nresidentes.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Ayudar al vocal de comunicaci\u00f3n para mantener\nactualizada la p\u00e1gina Web y los contenidos de las redes sociales de la\nAsociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Fomentar la participaci\u00f3n en las actividades\nde la Asociaci\u00f3n de los m\u00e9dicos residentes de los Hospitales de la Comunidad.<\/p>\n\n\n\n<p>CAPITULO\nIV. PERSONAL AL SERVICIO DE LA ASOCIACI\u00d3N.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 25.&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todo el personal que preste sus servicios por\ncuenta de la Asociaci\u00f3n Castellano-Manchega de Urolog\u00eda se regir\u00e1 por la\nnormativa de Derecho Laboral y en su caso por el Derecho Civil que le sean de\naplicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>CAPITULO\nV. PATRIMONIO, RECURSOS Y PRESUPUESTOS<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 26. Patrimonio.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El patrimonio de la Asociaci\u00f3n est\u00e1 integrado por\ntoda clase de bienes y derechos, en particular:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Las cuotas de los socios.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Los bienes y derechos muebles e inmuebles que\nla Asociaci\u00f3n adquiera en el curso de su gesti\u00f3n y los que le sean incorporados\no adscritos en el futuro por cualquier persona o entidad y por cualquier\nt\u00edtulo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 27. Recursos.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los recursos de la Asociaci\u00f3n Castellano-Manchega\nde Urolog\u00eda est\u00e1n integrados por:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Los productos y rentas de su patrimonio.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Las subvenciones y aportaciones que, por\ncualquier t\u00edtulo, sean concedidas a su favor por entidades p\u00fablicas o privadas\no por particulares.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Las herencias, legados o donaciones que pueda\nrecibir.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Los productos y rentas derivados de sus\nbienes.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Cualesquiera otros bienes o derechos cuya\nadquisici\u00f3n permita el ordenamiento jur\u00eddico vigente en cada momento.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 28. Presupuestos.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. La Asociaci\u00f3n Castellano-Manchega de urolog\u00eda\nformalizar\u00e1 anualmente un Presupuesto ordinario de ingresos y gastos.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Corresponde a la Secretar\u00eda General de la\nAsociaci\u00f3n elaborar el anteproyecto de presupuestos, ajustado a las directrices\nde la Junta Directiva, o\u00eddo el tesorero.<\/p>\n\n\n\n<p>3. La Asamblea General aprobar\u00e1 los presupuestos\nanuales, durante la celebraci\u00f3n de la Reuni\u00f3n anual.<\/p>\n\n\n\n<p>4. Con iguales formalidades, la Asamblea General\naprobar\u00e1 en la misma Reuni\u00f3n Anual, la liquidaci\u00f3n de las cuentas del ejercicio\nprecedente.<\/p>\n\n\n\n<p>CAPITULO\nVI. REFORMA DE LOS ESTATUTOS Y ENTRADA EN VIGOR.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 29.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Corresponde a la Asamblea General de socios, a\npropuesta de la Junta directiva, modificar los presentes estatutos, para lo\ncual se exigir\u00e1 la mitad m\u00e1s uno de todos los socios presentes o representados.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Los presentes estatutos entrar\u00e1n en vigor al\nd\u00eda siguiente de su aprobaci\u00f3n por la Asamblea General de Socios.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>DISPOSICI\u00d3N\nADICIONAL<\/p>\n\n\n\n<p>En todo cuanto no est\u00e9 previsto en los presentes\nEstatutos se aplicar\u00e1 la vigente Ley Org\u00e1nica 1\/2002, de 22 de marzo,\nreguladora del Derecho de Asociaci\u00f3n, y las disposiciones complementarias.<\/p>\n\n\n\n<p>ADAPTACION\nDE LOS ESTATUTOS<\/p>\n\n\n\n<p>Los presentes Estatutos han sido modificados para\nadaptarlos a las previsiones de la Ley Org\u00e1nica 1\/2002, de 22 de marzo, por\nacuerdo un\u00e1nime de la Asamblea General Extraordinaria, celebrada en Las Lagunas\nde Ruidera, el 15 de noviembre de 2003.<\/p>\n\n\n\n<p>MODIFICACI\u00d3N\nDE LOS ESTATUTOS\n\nLos presentes Estatutos han sido modificados, por acuerdo un\u00e1nime de la\nAsamblea General Extraordinaria, legalmente convocada y celebrada en Almagro\n(Ciudad Real), el 9 de marzo de 2019, seg\u00fan consta en el Acta de la citada\nAsamblea\n\n\n\n<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ESTATUTOS ASOCIACI\u00d3N CASTELLANO-MANCHEGA DE UROLOG\u00cdA CAP\u00cdTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. Art\u00edculo 1. Denominaci\u00f3n, naturaleza y r\u00e9gimen jur\u00eddico. 1. Con la denominaci\u00f3n de Asociaci\u00f3n Castellano-Manchega de Urolog\u00eda se constituye esta entidad, sin animo de lucro, que se rige por las disposiciones legales vigentes y en particular, por la Ley Org\u00e1nica 1\/2002, de 22 de marzo, por lo establecido en los presentes Estatutos y por los acuerdos v\u00e1lidamente adoptados por la Asamblea General&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-633","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.acmu.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/633","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.acmu.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.acmu.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.acmu.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.acmu.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=633"}],"version-history":[{"count":8,"href":"https:\/\/www.acmu.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/633\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1080,"href":"https:\/\/www.acmu.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/633\/revisions\/1080"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.acmu.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=633"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}